La reelección presidencial es inexistente: Milton Jiménez Puerto

Uno de los temas más controversiales durante la administración de Juan Orlando Hernández fue su reelección presidencialalgo que continúa en el ámbito público y generando interrogantes.

Muchos sectores se han preguntado si en algún momento un expresidente se postulará para el cargo. reelección presidencial al igual que Juan Orlando Hernández, extraditado a Estados Unidos por tráfico de drogas y armas.

Desde la actual Corte Suprema de Justicia (CSJ) se han pronunciado, o al menos uno de los magistrados lo hizo.

Fue el abogado Milton Jiménez Puerto, quien integra la Sala Civil y la coordina, quien se refirió al polémico tema y dijo que sería ilegal que alguien busque la reelección.

No se establece la reelección

“Desde nuestra perspectiva el reelección presidencial No es válido ni legal y no debe ser objeto de conocimiento alguno porque basta revisar la sentencia dictada por la Sala Constitucional en el primer mandato de Juan Orlando Hernández, allí se dice claramente que el reelecciónpero simplemente el hecho de que alguien lo promueva no está siendo sancionado penalmente”, indicó.

Puerto enumeró las formas en que reelección presidencial Podría llegar a ser legal. “No quiere decir que esto implique una reforma constitucional que sólo se puede llevar a cabo en el Congreso, o más bien como artículos petrianos a través de una Asamblea Nacional Constituyente”, argumentó.

Cuando se le preguntó qué pasaría si un expresidente se postulara, finalizó diciendo que “eso es absolutamente ilegítimo e ilegal. «No considero necesario (hablar en la CSJ) porque desde mi perspectiva es absolutamente ilegal e inexistente».

En agosto de 2016, la Corte Suprema presidida por Rolando Argueta emitió una resolución concluyendo que el reelección presidencial En Honduras era un caso juzgado y lo que correspondía era regularlo.

En dicha resolución, la CSJ expresó que “no se pronuncia, dictamina ni interpreta situaciones de carácter fáctico-jurídico”, es decir, en casos en los que ya se ha pronunciado anteriormente.

Destacó que la Sala Constitucional es la última y definitiva intérprete de la Constitución de la República y en este caso ya emitió una decisión de “ejecución inmediata y con efectos generales, firmes e inmutables” (caso juzgado), por lo que no puede cambiar. en sus determinaciones.

Por Elcira Garza

Te recomendamos